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CONSULTA
DE TARIFAS
Y COMISIONES
BANCARIAS
Realice la consulta de su preferencia haciendo su
selección en las siguientes opciones:
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A través de esta herramienta los usuarios tendrán
la posibilidad de comparar las diversas opciones de servicios y productos que
están disponibles en el sistema financiero.
Este portal, además de promover la transparencia, incentiva un ambiente de
competencia entre los intermediarios financieros, al promover la mejor calidad y
servicio al menor costo posible para el usuario.
Esta sección informativa es actualizada por un aproximado de 40 instituciones
financieras participantes. Para la difusión de la misma el BCV ccuenta con el
apoyo de la Asociación Bancaria de Venezuela.
Cabe destacar que el Banco Central de Venezuela tiene la facultad de fijar las
comisiones o recargos máximos y mínimos causados por las operaciones accesorias
y los distintos servicios a los cuales califique como relacionados tanto con las
operaciones activas como pasivas.
El ente emisor viene cumpliendo con esta atribución, conferida en la Ley del
BCV, como parte de su gestión.
Como se recordará, en el año 2003, el BCV emitió la resolución en la cual
elimina el cobro de comisión de saldo promedio mínimo en cuentas de ahorro y
regula en 0,5% el saldo promedio mínimo, para las cuentas corrientes de personas
naturales. |
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Para el año 2004, emitió normas de prohibición de recargo de comisión por
cheques cobrados fuera de la plaza (cheques cobrados fuera de la entidad donde
se abrió la cuenta). Esta comisión era requerida por la existencia de cámaras de
compensación regionales; sin embargo, éstas desaparecieron y la comisión se
continuó cobrando. Asimismo, eliminó el cobro a los beneficiarios de cheques
devueltos. En ese mismo año, publicó otra normativa mediante la cual se prohibía
el cobro por mantenimiento de cuentas de ahorro, ya que los bancos trasladaron
el costo de saldo promedio mínimo al mantenimiento de cuenta. Además, incluyó un
artículo según el cual le da derecho al cuenta-ahorrista a obtener en el año una
libreta sin cargo alguno por parte de las instituciones, es decir, sólo se podrá
cobrar la emisión de la segunda libreta en el año.
Durante el año 2005, se emitieron resoluciones destinadas a regular la comisión
por avance de efectivo a través de tarjetas de crédito (no mayor al 5% del
monto), la cancelación de cuentas de ahorro inmovilizadas por seis (6) meses con
saldo inferior a Bs. 1.000, la comisión por compra de facturas, así como por las
operaciones de arrendamiento financiero será menor o igual al 3%, los bancos
dedicados a promover las actividades microfinancieras podrán cobrar una comisión
flat máxima del 7,5%.
Este año el directorio del BCV emitió una resolución única que compila todas las
normativas vigentes en materia de tarifas y comisiones bancarias. La Resolución
N° 06-04-02 aparece en Gaceta Oficial N° 38.419 el 18 de abril de 2006.
Actualmente el Banco Central de Venezuela por medio de la Unidad de Análisis del
Mercado Financiero (Unamef), realiza un seguimiento constante a la evolución de
las comisiones y tarifas cobradas por las instituciones financieras, así como
los ingresos devengados a las entidades por dichos cobros, a fin de realizar
propuestas a ser evaluadas por el Directorio de este Instituto para la toma de
decisiones al respecto.
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